Comite de Competición de Golf


Comite de Competición de Golf

Federacion Española De Golf

Estimado Socios,
Los comités en la estructura de un Club de Golf tienen la función básica de dar a los socios la oportunidad de exponer sus puntos de vista y participar en la gestión del club. En principio no existe ninguna normativa que obligue a tener un número determinado de comités en un club, excepto aquellos casos en los que las federaciones deportivas exijan a los clubes que se adhieren a ellas la existencia de un comité de competición, como en el caso del Golf. El número de comités en cada club y sus funciones dependerán por tanto de la naturaleza del club y de las preocupaciones básicas en torno a las cuales se pueda desarrollar su vida diaria. Sus funciones es gestionar los servicios en el área que se asigna a cada uno, y animando a sus miembros a participar activamente en la vida social y deportiva del club, pues de lo contrario resulta difícil que su opinión respecto a los temas que debate el comité tenga peso específico. Las decisiones de cada comité deberán ser respaldadas por la Junta Directiva, en especial aquellas que pueden influir en los aspectos operativos o financieros que no estuvieran contemplados por los presupuestos o plan de gestión anual. Es habitual que los miembros de los Comités representen el punto de vista de un colectivo de socios en ocasiones muy pequeño, pero no por ello desdeñable. Como norma conviene siempre analizar cada decisión del comité no sólo en el aspecto positivo que puede tener, sino con la certeza de que no va a tener un efecto negativo en el resto de los socios.

En Golf, sin ninguna duda, el que mayor protagonismo recibe es el de Competición. En España la Federación Española de Golf establece en sus estatutos que en todos los clubes, asociaciones o entidades deportivas afiliadas a la Federación, actuará un Comité de Competición, que es el organismo encargado de la organización de todas las pruebas que se realicen en sus instalaciones y velará por el más estricto cumplimiento de las Reglas y por la observación y cumplimiento de todas las determinaciones que pueda hacer la Real Federación Española de Golf. Esta obligación nace de función de control de los hándicaps de juego que la Federación ejerce en España para la casi totalidad de los jugadores de golf, con el fin de que éstos puedan competir en diferentes clubes o, al menos, demostrar su nivel de juego. El buen fin de esa función depende de que todos los detalles de las competiciones de golf, desde la correcta inscripción de los participantes y la preparación de los campos, hasta el envío de los resultados a la Federación en un plazo determinado, se cumplan. La Federación de Golf obliga incluso a que el Comité de Competición en un club tenga un mínimo de cuatro miembros, y que se repartan, también como mínimo, las representaciones de los jugadores masculinos, femeninos, senior, profesionales, infantiles y el control de los hándicaps. Muchos clubes, en función del número de socios, pueden separar en un hombre y una mujer la delegación de la responsabilidad de las competiciones para seniors, o crear la figura de un delegado de infantiles, o incorporar un delegado de campo que sugiera mejoras. Es recomendable que el responsable de hándicaps sea un árbitro, profesional o jugador experimentado que conozca bien las reglas del golf y que promueva actividades orientadas a divulgar y dar a conocer este aspecto tan polémico del juego. La Federación Española de golf pone a disposición de los clubes afiliados en “Libro Verde” que contempla todas las funciones estatutarias de un Comité de Competición de Golf (entre otras cosas) y que recopila las normas de desarrollo de las actividades relacionadas con estas funciones. Además publica un “Libro Amarillo” en el que también se definen las obligaciones del Comité de competición de Golf en lo relativo a la aplicación y modificación de los hándicaps, que es el sistema de hándicaps EGA (European Golf Association). Cuyo sistema de valoración de campos están basadas en las normas USGA (United States Golf Association). Las reglas más relevantes en este sentido son los siguientes:

12 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CLUBES FEDERADOS

12.1 Cada Club Federado actuará como Autoridad para el Control de Handicaps de todos sus miembros federados, con por el Club, excepto los de 1ª categoría que estaránsujetos a la Autoridad de la RFEG.

12.2 El Club Federado tiene la responsabilidad de que el Sistema de Handicaps EGA se aplique correctamente en las Competiciones Válidas que organice. Si no cumple este requisito, la RFEG podrá retirar el derecho del Club a actuar como Autoridad para el Control de Handicaps, o imponer las condiciones que la RFEG considere oportunas.

12.3 El Club Federado nombrará un Delegado o Comité de Handicaps para que se cumplan las obligaciones de los apartados 13, 20 y 22, y para garantizar la integridad de los Handicaps EGA asignados por el Club.

12.4 La responsabilidad de mantener los hándicaps de acuerdo con el Sistema de Handicaps EGA recae sobre el Club Federado. Cualquier queja o reclamación relacionada con la aplicación del sistema que no pueda resolverse en el Club, seenviará a la RFEG, y esta podrá investigar los hechos si lo estima necesario. Si después de dicha investigación, se llega a la conclusión de que el Club Federado no ha cumplido con sus responsabilidades, la RFEG ordenará que rectifique su postura. De no hacerlo, la RFEG podrá suspender el acceso a la Base de Datos.

12.5 La RFEG mantendrá, en su Base de Datos, el historial de los hándicaps de todos los jugadores del Club, por lo menos durante los doce meses anteriores.

CONTROL DE HÁNDICAPS

13. Derechos y obligaciones del Comité de Competición

13.1. El Comité de Competición mandará a la base de datos de la RFEG, una lista de los números de licencia de todos los jugadores que vayan a participar en cada vuelta válida, con el fin de conocer sus Hándicaps Exactos EGA y además se asegurará de que todas las tarjetas de dicha vuelta, incluyendo las incompletas, sean devueltas al Comité de Competición.

13.2. El Comité de Competición se asegurará de conocer el Hándicap Exacto EGA de cada jugador federado por su club de acuerdo con los requisitos de la RFEG.

13.3. El Comité de Competición se asegurará de que todos los resultados válidos, incluidos los de las vueltas incompletas, sean enviados a la base de datos de la RFEG, inmediatamente después de cada vuelta válida y siempre antes de las veinticuatro horas posteriores a la misma.

13.4. El Comité de Competición tendrá potestad para suspender un hándicap de acuerdo con lo estipulado en el apartado 20 y de ajustar un hándicap de acuerdo con el apartado 22 informando al jugador de los hechos.

13.5. El Comité de Competición tendrá potestad para considerar semiválida (valedera sólo para bajadas de hándicap) una vuelta de una competición antes del inicio de la misma, por ejemplo por existir condiciones meteorológicas excepcionalmente adversas.

22. Facultades del Comité de Competición respecto al juego en general

22.1. Cuando el Comité de Competición de un club considere que el Hándicap Exacto EGA de un jugador miembro del club es demasiado alto y no refleja su nivel de juego actual, deberá, respetando las disposiciones del apartado 22.3, reducir el Hándicap Exacto EGA en no menos de un punto, hasta lo que considere apropiado.

22.2. Cuando el Comité de Competición de un club considere que el Hándicap Exacto EGA de un jugador miembro del Club es demasiado bajo y no refleja su nivel de juego actual, deberá, respetando las disposiciones del apartado 22.3, incrementar el Hándicap Exacto EGA en no menos de un punto, hasta lo que considere apropiado.

22.3. Cuando el Comité de Competición de un club decida reducir el Hándicap Exacto EGA de un jugador de 1.ª categoría, miembro del club, o reducir el Hándicap Exacto EGA de un jugador de 2.ª categoría a uno de 1.ª categoría, miembro del club, deberá consultar con la RFEG para que apruebe o no dicha reducción.

22.4. Para decidir si ha de efectuar una modificación del Hándicap Exacto EGA, la RFEG considerará toda la información de que disponga con respecto al nivel de juego del jugador. Debe considerar de forma especial:
1. La frecuencia de los resultados válidos entregados recientemente que cumplan, o no, su Hándicap Exacto EGA.
2. Las actuaciones del jugador en el juego por hoyos, y otras pruebas no válidas.

22.5. El Comité de Competición informará al jugador de cualquier modificación de su Hándicap Exacto EGA efectuada bajo las normas de este apartado, y ésta se hará efectiva en el momento en que se incluya en la base de datos de la RFEG.

22.6. El Comité de Competición de un club podrá reducir, dentro de una competición, el Hándicap Exacto EGA a un jugador que no sea miembro de dicho club, si tiene motivos fundados para creer que es demasiado alto. Cualquier reducción bajo este apartado se aplicará solamente en dicha competición. La RFEG y el club del jugador deben ser informados inmediatamente con todos los detalles.

Nota. El Comité de Competición deberá adoptar una postura lo más rigurosa posible hacia un jugador cuyo nivel de juego esté mejorando de forma ostensible, y viceversa.
Las propias Reglas del Golf aprobadas y consensuadas por los organismos internacionales establecen las obligaciones del Comité de Competición de una prueba, de las que debe ser muy consciente el Comité permanente del club. Concretamente la regla 33 dice:

33-1. Condiciones; Excluir una Regla
El Comité debe establecer las condiciones bajo las cuales se ha de jugar una competición. El Comité no tiene autoridad para excluir una Regla de Golf. Ciertas Reglas específicas que rigen el juego por golpes son tan sustancialmente diferentes de aquellas que rigen el juego por hoyos que la combinación de las dos modalidades de juego no es factible y no está permitida. Los resultados de los partidos y las tarjetas entregadas en estas circunstancias, no deben ser aceptadas. En el juego por golpes el Comité puede limitar las funciones de un árbitro.

33-2. El Campo

a. Definición de Límites y Márgenes
El Comité debe definir con precisión:
(i) el campo y los fuera de límites,
(ii) los márgenes de los obstáculos de agua y obstáculos de agua lateral,
(iii) el terreno en reparación, y
(iv) las obstrucciones y partes integrantes del campo

b. Agujeros Nuevos
Deberían hacerse agujeros nuevos el día en el que comienza una competición por golpes, y en cualquier otra ocasión en que el Comité lo considere necesario, siempre que todos los competidores de una vuelta jueguen con cada uno de los agujeros situados en la misma posición.
Excepción: Cuando es imposible reparar un agujero dañado, de forma que se ajuste a la definición, el Comité puede hacer un nuevo agujero en una posición similar cercana. Nota: Cuando una sola vuelta se va a jugar en más de un día, el Comité puede establecer en las condiciones de una competición que los agujeros y los lugares de salida pueden situarse en lugares diferentes en cada día de la competición, siempre que, en un mismo día, todos los competidores jueguen con cada agujero y cada lugar de salida en la misma posición.

c. Campo de Prácticas
Donde no haya un campo de prácticas disponible fuera del área de un campo de competición, el Comité debería establecer, si fuera factible, la zona en la que los jugadores puedan practicar en cualquier día de una competición. En cualquier día de una competición por golpes, el Comité no debería normalmente permitir practicar en o hacia un green o desde un obstáculo del campo de la competición.

d. Campo Impracticable
Si el Comité o su representante autorizado considera que por alguna razón el campo no está en condiciones de juego o que hay circunstancias que hacen imposible la realización apropiada del juego, puede, en el juego por hoyos o en el juego por golpes, ordenar una suspensión temporal del juego o, en el juego por golpes, declarar nulo y no valido el juego y cancelar todos los resultados de la vuelta en cuestión. Cuando se cancela una vuelta, todas las penalidades incurridas en esa vuelta se cancelan. (Procedimiento de la interrupción y reanudación del juego – ver la Regla 6-8)

33-3. Horario de Salida y Grupos El Comité debe establecer las horas de salida y, en el juego por golpes, organizar los grupos en los que deben jugar los competidores. Cuando una competición por hoyos se juega en un período prolongado, el Comité establecerá el límite de tiempo dentro del cual debe completarse cada vuelta. Cuando los jugadores están autorizados para fijar la fecha de su partido dentro de esos límites, el Comité debería anunciar que el partido debe jugarse a una hora determinada del último día del período, salvo que los jugadores acuerden hacerlo en una fecha anterior.

33-4. Tabla de Aplicación de los Puntos de Hándicap

El Comité debe publicar una tabla indicando el orden de los hoyos en el que se conceden o reciben los golpes (puntos) de handicap.

33-5. Tarjeta de Resultados En el juego por golpes, el Comité debe proporcionar a cada competidor una tarjeta de resultados que contenga la fecha y el nombre del competidor o, en foursome o cuatro bolas (four ball) en el juego por golpes, los nombres de los competidores. En el juego por golpes, el Comité es responsable de la suma de los resultados y de la aplicación del hándicap que figura en la tarjeta. En cuatro bolas (four ball) en el juego por golpes, el Comité es el responsable de anotar el resultado de la mejor bola en cada hoyo y en el proceso aplicar los hándicaps anotados en la tarjeta, y sumar los resultados de la mejor bola. En competiciones Contra Bogey, Contra Par y Stableford, el Comité es el responsable de aplicar el hándicap anotado en la tarjeta y determinar el resultado en cada hoyo así como el resultado global o puntos totales.

Nota: El Comité puede requerir que cada competidor anote la fecha y su nombre en la tarjeta de resultados.

33-6. Desempates
El Comité debe anunciar la forma, día y hora para la resolución de un partido empatado o un empate y si ha de jugarse en términos de igualdad o con hándicap. Un partido (match) empatado no debe resolverse como el juego por golpes. Un empate en el juego por golpes no debe decidirse con un partido (match).

33-7. Penalidad de Descalificación; Discreción del Comité
Una penalidad de descalificación puede dejar de aplicarse, modificarse o imponerse en excepcionales casos individuales, si el Comité considera justificada tal acción. Cualquier penalidad inferior a la descalificación no debe ser anulada o modificada. Si un Comité considera que un jugador es culpable de una grave infracción de la etiqueta, puede imponer una penalidad de descalificación bajo esta Regla.

33-8. Reglas Locales

a. Criterio
El Comité puede establecer Reglas Locales para condiciones anormales locales si son consistentes con los criterios seguidos en el Apéndice I.

b. Excluir o Modificar una Regla
Una Regla de Golf no debe ser excluida por una Regla Local. Sin embargo, si un Comité considera apropiado que las condiciones anormales locales interfieren con el desarrollo del juego hasta el extremo de que sea necesario establecer una Regla Local que modifique las Reglas de Golf, la Regla Local debe ser autorizada por la Real Federación Española de Golf, quien en caso necesario consultará con el R & A.

En resumen, un Comité de Competición es mucho más que un comité o club de amigos que se dictan sus propias reglas, es algo mucho más serio. Es un organismo con representación legal que funciona bajo unas normativas y reglas europeas a cuyo cumplimiento se somete. Por este motivo, en Los Arqueros Golf siempre se ha garantizado una gestión profesional sobre este Comité, manteniendo siempre en su seno a una persona experimentada y con los conocimientos necesarios para velar por su correcto funcionamiento. Y, si además tenemos en cuenta que estamos en España, donde todos los textos de las normativas relacionadas y comunicaciones oficiales con la Federación de Golf se realizan en español, si además dicha persona es de nacionalidad española, se podría concluir que en Los Arqueros Golf lo estamos haciendo bien y que probablemente siempre hemos tenido uno de los Comités de Competición más profesionales de la Costa. Lo cual es, además de una garantía, otro sello de calidad para este Club.

Atentamente,
Ulf Svendsen
Gerente de Golf Los Arqueros

           

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